Aprobada la reimpresión de 105 boletas electorales faltantes en Quintana Roo

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Chetumal, Q. Roo; 30 de mayo – Los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) aprobaron por unanimidad, en sesión extraordinaria de carácter urgente, la reimpresión de 105 boletas electorales faltantes. Estas boletas corresponden a los consejos distritales 09, con cabecera distrital en Playa del Carmen, y 11 de Cozumel.

Esta decisión se tomó con el objetivo de garantizar el pleno ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos registrados electoralmente en la jornada electoral del dos de junio, en las casillas correspondientes. Esta medida se alinea con los principios de certeza, objetividad y transparencia que rigen la actuación de la autoridad electoral, subsanando así el faltante de las boletas.

En el Distrito 09 de Playa del Carmen, se reimprimirán cuatro boletas electorales con los folios 38597, 38598, 38599 y 38600 para la elección de diputaciones en la casilla 984 básica. Además, se reimprimirán cien boletas electorales para la casilla 0064 básica, correspondientes a los folios 622960 al 623430.

En el Distrito 11 de Cozumel, se reimprimirá una boleta electoral con el folio 053500, correspondiente a la casilla 198 contigua 3, relativa a la elección de integrantes del Ayuntamiento del mencionado municipio.

En caso de localizarse las boletas faltantes, estas deberán ser canceladas conforme a las previsiones establecidas en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Quintana Roo.

La Comisión de Recepción, Verificación, Resguardo y Traslado de la Boleta Electoral acudirá hoy, jueves 30 de mayo, a las instalaciones de Litho Formas S.A. de C.V., ubicadas en Avenida Filiberto Gómez No. 15, Col. Centro Industrial Tlalnepantla, Estado de México. Esta empresa es la adjudicada para la impresión de la documentación electoral. La comisión verificará la correcta impresión y foliación de las boletas solicitadas.

Asimismo, se considera necesario esclarecer lo sucedido con las boletas faltantes y, en su caso, determinar eventuales responsabilidades. Para ello, se dará vista al Órgano Interno de Control del Instituto, con fundamento en los artículos 193 y 194 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales. Esto se hará a través de la Consejera Presidenta del Consejo General.

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